La Legionella es una bacteria ambiental que vive en aguas superficiales como lagos, ríos, estanques, formando parte de la flora bacteriana. Desde este reservorio natural coloniza los sistemas de abastecimiento de las poblaciones a través de la red de distribución de agua, haciendo que llegue al sistema de agua sanitaria (fría o caliente) y a otros sistemas que requieren agua para su funcionamiento.
La legionella contamina los circuitos artificiales del agua en concentraciones pequeñas, y en función de las condiciones ambientales se multiplican.
Desarrollo de la legionella
Las condiciones que favorecen la multiplicación de las bacterias son:
• Temperatura: Se multiplica entre los 20ºC y 45ºC (siendo la temperatura óptima entre 35-37ºC), a partir de los 50ºC no se multiplican, por debajo de 20ºC quedan en estado latente y se destruyen a 70ºC.
• Estancamiento del agua.- las zonas muertas con una velocidad baja de circulación del agua.
• La acumulación de nutrientes favorecen su crecimiento, como la presencia de lodos, materia orgánica, materia de corrosión y calcáreos..etc.
• Depósitos biológicos: la presencia de protozoos, algas, amebas…etc. junto con los nutrientes forman un nicho ecológico idóneo para el desarrollo de la legionella (la biocapa). La legionella tiene capacidad de crecer intracelularmente, por lo que cuando las condiciones ambientales no son favorables, se introduce dentro de otros organismos como amebas, protozoos… como mecanismo de supervivencia, lo que dificulta su destrucción.
• La presencia de incrustaciones calcáreas, favorecen la supervivencia, al servir de asentamiento defensivo ante las agresiones de los desinfectantes.
Normativa Aplicable a la Legionella
• Real Decreto 865/2003 por el que se establecen los criterios higiénicosanitarios para la prevención y control de la legionelosis.
• Reglamento de instalaciones térmicas en los edificios (RITE) y sus instrucciones técnicas complementarias.
• NORMA UNE 100030:2005 IN Guía para la prevención y control de la proliferación y diseminación de legionella en instalaciones.
• NORMA UNE 112076:2004 IN: Prevención de la corrosión en circuitos de agua
• Directiva 97/23/CEE: Directiva Europea de Equipos a Presión.
Aplicación de la normativa de Legionelosis:
• Instalaciones que utilicen agua.
• Que estén situadas en edificios de uso colectivo, industriales o medios de transporte.
• Instalaciones de riesgo.
• Sistemas de distribución de agua sanitaria, caliente y fría.
• Equipos de enfriamiento de agua evaporativos (torres de refrigeración y condensadores evaporativos).
• Sistemas de agua climatizada (jakuzzis, hidromasajes, etc.).
• Instalaciones excluidas: Las ubicadas en edificios dedicados al uso exclusivo en vivienda, excepto aquellas que afecten al ambiente exterior de estos edificios.
Responsabilidades por la legionella
• Serán los titulares de las instalaciones los responsables del cumplimiento de lo dispuesto en el R.D. La contratación de un servicio de mantenimiento externo no exime al titular de la instalación de su responsabilidad Obligatoriedad de que el titular disponga de un registro de mantenimiento, con las siguientes anotaciones:
• Fecha de tareas de revisión, limpieza y desinfección.
• Productos utilizados, dosis y tiempo de actuación.
• Fecha de realización de cualquier otra operación.
• Fecha y resultados analíticos de análisis de agua.
• Firma del responsable técnico de las tareas realizadas y del responsable de la instalación.
• El registro de mantenimiento estará a disposición de las autoridades sanitarias.